Fuerza Armada de El Salvador involucrada en el asesinato. Un plazo de treinta días fijo el IAIP al Ministerio de Defensa Nacional para que busque información referente la Policía de Hacienda vinculadas en el asesinato de Koos Koster (periodista holandés), Jan Cornelios Kuiper (productor y redactor), Hans Lodewijk (técnico en sonido) y Johannes Willemsen (camarógrafo).
El instituto emitió pronunciamiento en cuanto a este tema por la apelación presentada el 15 de octubre de 2019, en contra de la resolución emitida por el Oficial de Información, en la que estableció que dicha información era inexistente. “Para la IAIP esta aseveración se enmarca dentro de las restricciones al derecho de acceso a la información pública”.
Los comisionados ordenan al ministerio reunir la información referente al plan de vuelos de los helicópteros desde enero a junio de 1982, especificando grado, nombre de tripulación, misión y tiempo de vuelo hacia y desde su despegue de la 4a. Brigada de Infantería de El Paraíso; el libro de novedades de capitán y cuartel o libro de novedades de la Cuarta Brigada del Batallón Atonal del mismo período mencionado.
De igual manera, el Ministerio de Defensa deberá buscar información sobre la nómina o planilla del pago de personal de la Fuerza Armada (militar y civil), con nombre completo, cargo y grado que conformaba el Estado Mayor del Batallón Atonal -entre el período de enero a junio de 1982-, con las unidades administrativas correspondientes, incluyendo todos los archivos de las unidades militares que pudieron estar involucradas en las áreas geográficas indicadas durante los períodos de tiempo señalados.
La Comisión de la Verdad establece que existe evidencia que la muerte de los periodistas holandeses, ocurrido el 17 de marzo de 1982 fue consecuencia de una emboscada planeada con anterioridad por el comandante de la Cuarta Brigada de Infantería, el coronel Mario Reyes Mena, con el conocimiento de otros oficiales en el cuartel de El Paraíso, sobre la base de información de inteligencia que les alertó de su presencia, y fue ejecutada por una patrulla de soldados pertenecientes a la Batallón de Infantería de Reacción Inmediata El Atonal, que estaba al mando del sargento Mario Canizales Espinoza. Estos oficiales y miembros de este batallón encubrieron la verdad y obstaculizaron la investigación.
Ante estos hechos, el IAIP reitera que el Ministerio de Defensa deberá dejar constancia fehaciente de los procedimientos empleados para tal efecto y justificar debidamente los resultados obtenidos.
Además, los comisionados advierten que en caso de no encontrarse la información el MDN deberá ejecutar diligencias encaminadas a recuperar o reconstruir la información solicitada, las cuales incluyen: recabar datos de las personas que pudieron tener acceso a la información solicitada o de quienes participaron en todos los niveles en las operaciones o en los hechos alegados.
Asimismo, consultar registros históricos pertenecientes a otras instituciones estatales privadas, nacionales e internacionales que pudieran tener información.
El Ministerio de Defensa deberá dejar constancia de la información recabada, documentos archivos y puestos a disposición de los solicitantes.
Por Joaquín Salazar
Fuente: https://www.diariocolatino.com/