Por Claudia Palacios / La Prensa Gráfica (El Salvador)

Gobierno propuso Ley de Alianzas Públicas Privadas que permite a empresas dar servicios de salud, educación y recursos hídricos.
Una nueva Ley de Alianzas Públicas Privadas presentada por el Gobierno en la Asamblea Legislativa abrirá la puerta para que empresas privadas puedan prestar servicios de salud, educación y recursos hídricos, sectores que actualmente no pueden ceder bajo este tipo de convenios.
La iniciativa se presentó ayer 8 de abril, y fue enviada a la Comisión de Tecnología Turismo e Inversión para su dictamen preliminar. De ser aprobado, sustituirá a la Ley Especial de Asociación Público Privados vigente.
Las alianzas o asociaciones entre el Estado y el sector privado permiten establecer contratos de largo plazo entre una entidad pública y una empresa privada para diseñar, financiar, construir, operar o mantener infraestructuras y servicios públicos.
En estos convenios, el sector privado asume el costo de la inversión y el riesgo de la misma, mientras que el Estado mantiene la supervisión, además de la propiedad de los bienes y servicios.
Tanto en la nueva ley como en la actual se establece que los servicios prestados por la empresa privada podrán financiarse mediante el cobro de tarifas o valores cobrados directamente a los usuarios, o pueden ser cofinanciados por el Estado, ya sea mediante pagos firmes (obligatorios) o contingentes (eventuales), o una combinación de ambos.
La ley vigente impide al Estado ceder bajo la modalidad anterior los servicios públicos de salud -incluido el Instituto Salvadoreño del Seguro Social- y de educación, así como a los servicios de la Universidad de El Salvador. Así mismo se excluyen los aspectos relacionados a recursos hídricos, excepto el diseño, construcción, reparación, mejoramiento, equipamiento, operación y mantenimiento de la infraestructura para el tratamiento de aguas residuales en el Área Metropolitana de San Salvador, San Miguel y Santa Ana.
Con la ley propuesta, los servicios únicos excluidos serán los asuntos relativos a la seguridad nacional y la inteligencia del Estado, los servicios de seguridad pública y justicia, y los contratos o actos que se rijan por leyes especiales, como concesiones para la explotación de hidrocarburos y minerales.
Además, la nueva ley aumentará el plazo máximo de ejecución de los contratos de 40 años -permitidos actualmente- hasta los 50 años, incluyendo prórrogas.
Otro de los principales cambios es la creación de la Dirección Nacional de Alianzas Públicas Privadas (DAPP) como una unidad técnica e independiente dentro del Ministerio de Hacienda.
Esta dirección centralizará las funciones de formulación, revisión, estructuración y aprobación de los proyectos de alianzas públicas privadas. Anteriormente, la responsabilidad de estos roles se dividía entre dos instituciones. Por un lado, el Consejo Directivo de PROESA (Organismo Promotor de Exportaciones e Inversiones de El Salvador, ahora denominado Invest El Salvador), que es el encargado de aprobar proyectos y bases. En tanto el OFAPP (Organismo Fiscalizador de Asociación Público Privados) se encarga de la fiscalización técnica.
Además, la iniciativa de ley introduce una fase al proceso de establecimiento de la alianza pública privada que es inexistente en la normativa actual. Esta se denomina “Consultas al Mercado” y se realizapa antes de elaborar las bases de licitación. Mediante el procedimiento, la entidad contratante podrá realizar consultas públicas de carácter general a la empresas para conocer el estado del mercado y, con esa información, preparar mejor los documentos contractuales.





