-5.6 C
Stockholm
domingo, noviembre 24, 2024
InicioActualidadEn nombre del derecho a la privacidad: dos casos Alito y Assange

En nombre del derecho a la privacidad: dos casos Alito y Assange

Por Donovan Arteaga

La divulgación de documentos privados como práctica política se ha
incrementado en lo que va del siglo; tal vez se deba a la gran capacidad de
alcance e inmediatez, que conllevan las redes sociales en los procesos
comunicativos.
Esto debería llevarnos al cuestionamiento del significado de “lo público”, “lo
privado” y “lo íntimo”, pues hay quien, con base en la falta de claridad de la que
adolecen estos conceptos, busca sacar el mayor provecho político.
Pensemos particularmente en dos casos paradigmáticos: 1) los audios
revelados por la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, donde se
exhiben las prácticas criminales del presidente del Partido Revolucionario
Institucional (PRI), Alejandro Moreno Cárdenas, mejor conocido como “Alito”; 2)
el caso de Julián Assange y las revelaciones de Wikileaks, que dieron a
conocer al mundo las violaciones a los Derechos Humanos que perpetró el
ejército estadounidense, tanto en Irak como en Afganistán, entre otros
documentos de la misma naturaleza.
Empecemos por considerar “lo público” desde al menos dos acepciones. La
primera se refiere a algo que es conocido o puede ser conocido por todas las
personas, es decir, que está a la vista, que no se oculta. Pero en esta acepción
no queda claro su vínculo con el público, es decir, con el pueblo. Es a partir de
la tercera acepción del Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) que
se vincula “lo público” con lo perteneciente al Estado o a la administración.
Para rematar esto, es preciso considerar una de las posibles raíces
etimológicas de “público”: populus, pueblo. De esta manera tenemos que “lo
público” se refiere a aquello que está des-oculto y que le concierne al pueblo,
aunque, como veremos, estas dos condiciones no siempre se cumplen al
mismo tiempo.
Si seguimos por este camino, entonces, podremos considerar “lo privado”
como aquello a lo que no puede acceder el público. Aquí, es primordial evitar
que la primera acepción sea el criterio decisivo, para distinguir entre una
categoría y otra, puesto que es posible que haya casos privados que estén
des-ocultos y casos públicos que permanezcan tras algún velo de cualquier
índole.

Así, la privacidad también se asocia con la propiedad, con aquello que le
pertenece a una persona y, por ello mismo, no es accesible ni mucho menos
pertenece al pueblo. Esto, siguiendo al Hegel de los Fundamentos de la
Filosofía del Derecho, no implica necesariamente una ruptura entre uno y otro
ámbito, de hecho, lo deseable sería que ambos confluyeran.
Lo íntimo, finalmente, podemos entenderlo como una esfera más profunda
de la privacidad. En consecuencia, lo íntimo sería aquello que por necesidad
pertenece a cada quien en exclusiva y solo se comparte con quien se
compromete a mantener esa condición ante todos los demás. Nuestros
pensamientos, deseos, sexualidad, secretos personales, verbigracia, forman
parte de nuestra intimidad. Como puede verse, la intimidad no equivale
forzosamente a un total ocultamiento, pues hay personas a las cuales podemos
hacer partícipes de ella, como es el caso de las amistades por ello llamadas
“íntimas”, la pareja, algún hijo o hija, etc.

El caso de “Alito” Moreno Cárdenas y el de Julian Assange son muy
diferentes, pero tienen un punto en común: ambos posibilitan que haya gente
lucrando con la manipulación y la confusión de “lo público” y “lo privado”.
Empecemos por considerar concisamente el caso del presidente del PRI.
Ante la puesta en evidencia de sus fechorías, él se defiende arguyendo una
violación a su privacidad. Pero, si nos apegamos a los criterios de distinción
entre uno y otro concepto señalados aquí, entonces, queda claro que los
documentos filtrados en contra de Alejandro Moreno, donde se le escucha
conspirar a favor de su cartera y en contra —en la mayoría de las veces— del
pueblo, no son de asunto privado, sino público, puesto que le conciernen al
pueblo, ya que se trata del dinero de la nación y de la función pública de un
servidor.
Esto deja ver que el político-rufián se lucra, aprovechándose de la poca
claridad con que se suelen manejar los conceptos de “lo público” y “lo privado”.
De esa manera, trata de evitar ser juzgado y procesado por sus prácticas
criminales. Apelar al derecho a la privacidad, cuando con sus acciones
corruptas “privatiza” en su favor recursos que le pertenecen al pueblo
mexicano, es un simple acto de desvergüenza, no un elemento a considerar a
la hora de responder ante la justicia.

Por otro lado, tenemos el caso de Julián Assange, a quien se busca enjuiciar
por la divulgación de documentos que exhiben a militares estadounidenses
quebrantando los derechos humanos, entre otras prácticas de igual o peor
calaña (https://bit.ly/3Sgmtb1).

El “crimen” de Assange fue haber expuesto a la
luz pública documentos que comprueban la falta de escrúpulos y la
inhumanidad del gobierno de los Estados Unidos y sus fuerzas armadas, en la
imposición de sus intereses a diversas naciones, líderes políticos y personas
que no concuerdan con sus planes imperiales. Ese acto de balconeo no atenta
contra el pueblo estadounidense, sino que pone en evidencia crímenes en los
que han incurrido diversos organismos que deben estar al servicio del “público”
y que, sin embargo, recurren a los medios más inmorales con la supuesta
justificación que les otorgaría la preservación de la seguridad nacional.
Precisamente, el trabajo de todo buen periodista es hacer público lo que
los poderes antipopulares buscan que permanezca en un espacio privatizado,
bajo el argumento de que, de conocerse, se pondría en riesgo la seguridad del
propio pueblo. Assange es un periodista que tiene la peligrosa generosidad de
“delinquir” haciendo públicos una enorme masa de documentos, que
demostraron cómo el gobierno de los Estados Unidos usa recursos públicos a
mansalva, en proyectos que están al servicio de unos intereses que no son los
del pueblo al que se debe. Asimismo, ¿acaso la persecución contra Assange
no se trata de una violación al derecho de libertad de expresión y, con ello, otra
violación a los derechos humanos, además de un atentado contra la
transparencia, valor fundamental de la democracia?
En una democracia, donde, en teoría, gobierna el “demos”, el pueblo, ¿se
vale atentar contra uno de los valores esenciales de este sistema político: la
transparencia? La forma en la que gobierna la administración en turno ¿no le
concierne al demos y, en consecuencia, tendrían que ser considerados como
públicos los documentos que den cuenta de los procederes de cada
administración?
Parece que, tanto en el caso de “Alito” Moreno como en el de Julian
Assange, las partes afectadas por la publicación y revelación de crímenes y
atropellos diversos, exigen que se les respete el derecho a delinquir, a violar
los derechos humanos en privado. En un mundo como el nuestro y en Estados
democráticos como en los que vivimos, con personas que, en nombre del

derecho a la privacidad cometen abusos ilegales y anti-humanos, cabe
preguntarse por el ámbito de la vida (público, privado o íntimo) al que
corresponde conspirar para robar recursos públicos, hacer negocios privados
con el dinero del pueblo y atentar contra los derechos humanos.

Donovan Arteaga: filósofo mexicano egresado de la Universidad Nacional
Autónoma de México. Actualmente realiza estudios de posgrado en dicha
institución.

#TodosSomosAssange #LibertadAssange #LibertadDeprensa

Fmln Suecia
Fmln Suecia
FMLN-SUECIA se crea con el fin de informar a los pueblos del mundo sobre el acontecer político, económico y social en El Salvador. También informar objetivamente del acontecer en los países que luchan por liberarse de la dominación imperialista y buscan los cambios estructurales para transformar el estatus qúo en una sociedad más avanzada donde desaparezca la esclavitud del hombre por el hombre.
RELATED ARTICLES

Most Popular

Recent Comments